Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

omisión del conducto reglamentario

Sublema de omisión
Mil. Infracción disciplinaria leve cometida por el militar o miembro de la Guardia Civil que hace reclamaciones, peticiones o quejas relacionadas con el servicio prescindiendo de los cauces reglados.
LORDFA, art. 6.7; LORDGC, art. 9.8. «La razón de tal obligación —según la conocida por reiterada doctrina de esta Sala— encuentra su fundamento en la necesidad de que los sucesivos mandos conozcan de la petición o reclamación dirigida al superior común, como exigencia de la disciplina y jerarquización que rigen en el ámbito castrense […]. Tal exigencia del conducto reglamentario solo se excluye, según las Reales Ordenanzas, cuando se trate de asuntos no específicos del servicio, aunque habrá de informarse en todo caso al superior inmediato, por cortesía (artículo 202), o para dirigirse al órgano superior encargado de la gestión y coordinación de los asuntos sociales y de personal de las Fuerzas Armadas, para plantear asuntos referidos a su profesión, siempre que no estén directamente relacionados con la justicia y disciplina, con la orgánica y medios de equipo y material ni con la instrucción ni formación militar (artículo 205)» ( STS, 5.ª, 5-XII-2006, rec. 35/2006).