Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

ológrafo

Civ. Testamento escrito íntegramente, de su puño y letra, por el testador.
«Se llama ológrafo el testamento cuando el testador lo escribe por sí mismo en la forma y con los requisitos que se determinan en el artículo 688 » (CC, art. 678). «Para que sea válido este testamento deberá estar escrito todo él y firmado por el testador, con expresión del año, mes y día en que se otorgue […]. Si contuviese palabras tachadas, enmendadas o entre renglones, las salvará el testador bajo su firma» (CC, art. 688).