Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

oficina judicial

Sublema de oficina
Gral. Organización de carácter instrumental que sirve de soporte y apoyo a la actividad jurisdiccional de jueces y tribunales.
Se estructura en unidades procesales de apoyo directo y servicios comunes procesales que desempeñan sus funciones al servicio de órganos de una misma jurisdicción, de varias jurisdicciones o de órganos especializados, sin que, en ningún caso, el ámbito de la oficina judicial pueda modificar el número y composición de los órganos judiciales que constituyen la planta judicial ni la circunscripción territorial de los mismos establecida por la ley. LOPJ, art. 435 .

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