- oficina del Registro de Aguas
- Adm. Órgano que en cada organismo de cuenca es el responsable de la llevanza del Registro de Aguas, de la incorporación de la información a la estructura informática que constituye el Registro, así como de la custodia de los antiguos libros del Registro de Aguas y en relación con cada una de esas competencias llevar a cabo distintas funciones.
RDPH, art. 190.
Sublema de oficina