- oficina de asistencia en materia de registro
- Adm. Conjunto de funcionarios encargados de garantizar, en cada Administración, el ejercicio del derecho de los interesados a relacionarse con la Administración a través de medios electrónicos.LPAC, art. 12. Ejercen su función asistiendo a los interesados que lo soliciten en el uso de medios electrónicos y en la realización de la firma electrónica.
Sublema de oficina