Diccionario panhispánico del español jurídico

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ocupación de cosas

Sublema de ocupación
Pen. Medida cautelar decretada por la autoridad judicial que tiene como principal objetivo asegurar la restitución de un bien.
«La restitución de los mismos bienes es la primera vía de reparación con carácter general en los delitos contra el patrimonio (CP, art. 110, CP, art. 101) pero no la única. Así la jurisprudencia, STS 22-X-2002, precisa que la restitución es solo susceptible de imponerse jurídicamente en los casos de ilegítima disposición, pues según el diccionario restituir es volver una cosa a quien la tenía antes. El recurrente cuestiona esta afirmación sosteniendo que la restitución es prioritaria a la indemnización, pero esto solo es cierto cuando, existiendo la cosa, el perjudicado hubiera sido desposeído de la misma» (STS, 2.ª, 19-V-2005, rec. 856/2004).