- obra hidráulica
- Adm. Construcción de bienes que tengan naturaleza inmueble destinada a la captación, extracción, desalación, almacenamiento, regulación, conducción, control y aprovechamiento de las aguas, así como al saneamiento, depuración, tratamiento y reutilización de las aprovechadas y las que tengan como objeto la recarga artificial de acuíferos, la actuación sobre cauces, corrección del régimen de corrientes y la protección frente a avenidas, tales como presas, embalses, canales de acequias, azudes, conducciones y depósitos de abastecimiento a poblaciones, instalaciones de desalación, captación y bombeo, alcantarillado, colectores de aguas pluviales y residuales, instalaciones de saneamiento, depuración y tratamiento, estaciones de aforo, piezómetros, redes de control de calidad, diques y obras de encauzamiento y defensa contra avenidas, así como aquellas actuaciones necesarias para la protección del dominio público hidráulico.
TRLA, art. 122. La Ley de Aguas de 3 de agosto de 1866 se refería a los canales de navegación fijando su régimen en los artículos 253 y siguientes. Específicamente, Ley de Canales y Pantanos de 20 de febrero de 1870. Y la generalización de esta regulación, en la Ley de Obras Públicas de 13 de abril de 1877, artículos 7 y siguientes. La formulación definitiva de una política de obras hidráulicas, en la ley Gasset, de 7 de julio de 1911.
Referenciado desde
acequia, acueducto, aforo, almacenamiento de agua, autorización del contrato de cesión de derechos de uso de aguas, azud, balsa1, bombeo, canon de control de vertidos, canon de saneamiento, conducción, contrato de concesión de obras hidráulicas, depuradora, dique, encauzamiento, extracción de agua, facultades de la comunidad de usuarios, mota, obra hidráulica de interés general, obra hidráulica privada, policía de las aguas, presa, regulación del agua, reserva demanial, saneamiento1, servicio relacionado con el agua, sociedad estatal para la construcción, explotación o ejecución de obras hidráulicas