- obligación principal
- Gral. En caso de dualidad o pluralidad de obligaciones, obligación primera y esencial que contiene el objeto dominante de lo establecido por las partes o la ley.Típica obligación principal es la devolución de la cantidad prestada, en el plazo y modo estipulados y obligación accesoria, cuando se haya pactado, lo es la garantía hipotecaria o pignoraticia concertada.
Sublema de obligación1