Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

obligación principal

Sublema de obligación1
Gral. En caso de dualidad o pluralidad de obligaciones, obligación primera y esencial que contiene el objeto dominante de lo establecido por las partes o la ley.
Típica obligación principal es la devolución de la cantidad prestada, en el plazo y modo estipulados y obligación accesoria, cuando se haya pactado, lo es la garantía hipotecaria o pignoraticia concertada.

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