Diccionario panhispánico del español jurídico

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notificación de demanda de evicción

Sublema de notificación
Civ. Notificación judicial que se hace al vendedor de una cosa, a instancia del comprador demandado cuyo dominio se cuestiona en el pleito por un tercero, para que pueda hacerse efectivo el saneamiento por evicción.
El comprador demandado solicitará, dentro del término que la Ley de Enjuiciamiento Civil señala para contestar a la demanda, que esta se notifique al vendedor o vendedores en el plazo más breve posible. La notificación se hace como la misma ley establece para emplazar a los demandados. El término de contestación para el comprador quedará en suspenso ínterin no expiren los que para comparecer y contestar a la demanda se señalen al vendedor o vendedores, que serán los mismos plazos que determina para todos los demandados la Ley de Enjuiciamiento Civil. CC, arts. 1481 y 1482.

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