- notificación por comisión
- Proc.; Bol. y C. Rica Comunicación que practica una autoridad competente del lugar de residencia de una persona que vive fuera de la circunscripción en que se realiza el proceso.La Ley de Notificaciones Judiciales de Costa Rica señala en su
artículo 15 : «Notificación por comisión. Cuando deba notificarse una resolución a una persona residente fuera del lugar del proceso, se hará por medio de la autoridad competente del lugar de su residencia, a quien se le dirigirá la comisión, con inserción de la respectiva resolución y las copias de ley. El desglose, además, debe indicar el nombre completo de la persona por notificar, así como la dirección exacta».
Sublema de notificación