Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

médico de beneficencia

Sublema de médico
Adm. e Hist. Facultativo existente en cada pueblo, inicialmente pagado por los ayuntamientos e integrado ulteriormente en el Cuerpo de Sanitarios Locales, entre cuyas obligaciones estaba la asistencia a los pobres.
Se refiere a ellos el artículo 12 de la Instrucción para el gobierno económico y político de las provincias de 3 de febrero de 1823.