Diccionario panhispánico del español jurídico

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máximas de experiencia

Proc. Conocimientos derivados de la práctica común y que han de respetar los tribunales en la valoración del acervo probatorio.
«Por otra parte, cuando se trata de la prueba habitualmente denotada como indiciaria, para que resulte atendible la conclusión incriminatoria, según jurisprudencia asimismo muy conocida (por todas, STC de 21 de mayo de 1994 y STS de 2 de febrero de 1998), es preciso que los hechos indicadores o hechos-base sean varios, estén bien probatoriamente acreditados, mediante prueba de la llamada directa, y viertan sobre el hecho principal u objeto de imputación; y que la inferencia que, realizada a partir de aquellos conduce a este último, sea racional, fundada en máximas de experiencia fiables, y cuente con motivación suficiente» (STS, 2ª, 13-VI-2008, rec. 11 048/2007).