Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

more uxorio

Civ. Dicho de la convivencia o unión estable: De hecho.
«La convivencia more uxorio cesó porque lo que era una unión de hecho se convirtió en una unión de derecho, esto es, en matrimonio, continuando las relaciones entre las partes en las mismas condiciones y con los mismos roles que antes» (STS, 1.ª, 16-XII-2015, rec. 1888/2014).