Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

monumento

1. Adm. Bien inmueble que constituye una realización arquitectónica o de ingeniería, o una obra de escultura colosal, siempre que tenga interés histórico, artístico, científico o social, y que, con tal consideración, ha sido declarado bien de interés cultural.
LPHE, art. 15.1.
2. Adm. En la legislación autonómica, construcción u obra producto de la actividad humana, de sobresaliente interés histórico, arquitectónico, arqueológico, artístico, etnológico, industrial, científico o técnico, con inclusión de los muebles, instalaciones y accesorios que expresamente se señalen como parte integrante del mismo y constituyan una unidad, consideración que es independiente de su estado de conservación, valor económico, antigüedad, titularidad, régimen jurídico y uso.
Por ejemplo, Ley 4/2013, de 16 de mayo, art. 8.1.a) 1.º, de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
3. Int. púb. En la Convención UNESCO de 23-XI-1972, obra arquitectónica, de escultura o de pintura monumental, elemento o estructura de carácter arqueológico, inscripción, caverna y grupo de elementos que tengan un valor universal excepcional desde el punto de vista de la historia del arte o de la ciencia.
Convención UNESCO de 23-XI-1972, art. 1.º.
4. Int. púb. En el Convenio Europeo de 3-X-1985, edificio o estructuras de destacado interés histórico, arqueológico, artístico, científico, social o técnico, con inclusión de sus instalaciones y accesorios.
Convenio Europeo de 3-X-1985, art. 1.1.

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