Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

monismo

1. Pen. Sistema penal en el que la pena es la única consecuencia jurídica imponible por la comisión de una infracción penal.
2. Int. púb. Concepción conforme a la cual el derecho internacional y el derecho interno poseen una misma fundamentación e idéntico ámbito de validez.
En la práctica, los sistemas jurídicos internos suelen optar por un monismo moderado, supeditando la integración de las normas internacionales escritas al requisito de la publicación oficial.

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