Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

Ministerio Pupilar

Civ.; Par. Institución que tiene a su cargo el cuidado y vigilancia de los menores e incapaces, en cuanto al trato, educación, protección y demás condiciones de una existencia digna, con cargo de intervenir en los asuntos sometidos a la decisión de los Tribunales en que se encuentren comprometidos la persona o bienes de los menores e incapaces.
Ley 879, de Código de Organización Judicial, art. 83.