Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

metro

Adm. y Eur. Ferrocarril eléctrico para el transporte de pasajeros, con capacidad para un gran volumen de tráfico y caracterizado por derechos exclusivos sobre la vía, trenes con varios vagones —de alta velocidad y rápida aceleración—, avanzado sistema de señalización, ausencia de cruces a nivel para permitir una elevada frecuencia de trenes y andenes elevados.
El metro también se caracteriza por disponer de estaciones muy próximas entre sí, normalmente con una distancia entre estaciones de 700-1200 metros. Reglamento (UE) 2018/643 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de abril de 2018, relativo a las estadísticas sobre transporte ferroviario, art. 3.1.8).

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