Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

mesar los cabellos

Hist. Acción deshonrosa consistente en tocar con las manos, cortar o arrancar los cabellos o las barbas.
Por influencia del derecho germánico, durante el Estado visigodo y la Edad Media, provocaba efectos jurídicos importantes como la inhabilitación para determinados cargos u oficios y la infamia, que era una causa modificativa de la capacidad de obrar, por lo que dicha acción era especialmente penada. En el Fuero Viejo de Castilla, se recoge entre los delitos de lesiones el mesar. «Por fuero de Castiella por ojo quebrantado, cien sueldos; oreja tajada, cincoenta sueldos; nariçes cortadas, cien sueldos; labros, cien sueldos; lengua, cien sueldos; quatro dientes de delante, cada uno cincoenta sueldos; los de dentro, cada uno cien sueldos; braço quebrado, cien sueldos; pierna quebrada, cien sueldos; mas, si sanare, e coxqueare, cincoenta sueldos; por la estrema braço enado; otrosi mano cortada, cien sueldos; pulgar cortado, cincoenta sueldos; el segundo dedo, quarenta sueldos; el tercero dedo, treinta sueldos, el quarto dedo, veinte sueldos; e el menor, dies sueldos. Por un puño, un sueldo; por una cos, un sueldo; por una pulgada de cardeno, un sueldo; una pulgada de mesada, un sueldo; una presa de cavellos, cinco sueldos; do fueren livores de trescientos sueldos para enmienda, e doce aguisados onde menos por sua raçon» (Fuero Viejo de Castilla, 2.1.6).