Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

Mesa de la Cámara

Sublema de mesa
Parl. Órgano rector colegiado de una cámara, de integración plural y con participación proporcional de parlamentarios; compuesto por un presidente, dos (en el Senado) o cuatro (en el Congreso de los Diputados) vicepresidentes y cuatro secretarios, elegidos por la propia Cámara al comienzo de la legislatura o con ocasión de vacante.
Asesorada por el letrado mayor o secretario general, desempeña funciones normativas, de calificación e impulso, presupuestarias, institucionales, de gobierno interior y de programación de la actuación de la cámara, entre otras. Reglamento del Congreso de los Diputados , art. 30; Reglamento del Senado , art. 5.