Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

mensa episcopalis

Can. Conjunto de bienes destinados al sustento del obispo diocesano, al mantenimiento de la fábrica de las iglesias y a otras necesidades apostólicas o caritativas de las que se ocupa él o algún delegado suyo.
En el CIC de 1983 no aparece como término. Su ámbito jurídico y económico queda comprendido ahora en el concepto de bienes de la Iglesia diocesana.