- medida de prevención
- Lab.; Chile Medida que adopta el empleador para disminuir los riesgos de accidentes y enfermedades laborales.En virtud de ellas el empleador puede solicitar que se le exima o disminuya el valor de la cotización adicional destinada a las pensiones por esos riesgos.
Ley 16 744, art 16.