Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

medida de efecto equivalente

Eur. Disposición legal, reglamentaria o práctica administrativa, incluidas las incitaciones, que, por obstaculizar directa o indirectamente, real o potencialmente, el comercio de mercancías entre Estados miembros de la Unión Europea, están prohibidas por el derecho europeo.
TFUE, arts. 34 y 35. «Considerando que toda normativa comercial de los Estados miembros que pueda obstaculizar directa o indirectamente, real o potencialmente, el comercio intracomunitario debe considerarse como una medida de efecto equivalente a las restricciones cuantitativas» (STJCE, 11-VII-1974, 8/74, caso Dassonville).

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