Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

medida de abrigo

Civ. y Proc.; Arg. Resolución temporaria y excepcional por medio de la cual se aparta a un niño, niña o adolescente de su grupo de convivencia cuando en éste se encuentren amenazados o vulnerados sus derechos.
«La medida de abrigo es una medida de protección excepcional de derechos, que tiene como objeto brindar al niño, niña o adolescente un ámbito alternativo al grupo de convivencia cuando en éste se encuentren amenazados o vulnerados sus derechos, hasta tanto se evalúe la implementación de otras medidas tendientes a preservarlos o restituirlos» (Ley Provincial núm.13298 conf. Ley 14537 Provincia de Buenos Aires, art. 35 bis).