Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

media anata

Fin. e Hist. Cantidad que se pagaba a la Hacienda real por la obtención de un cargo u oficio y que correspondía a la mitad del sueldo del primer año de ejercicio.
Se creó por Decreto de 22 de mayo de 1631. Se extendió a todos los cargos, oficios, concesiones de rentas públicas, mercedes, títulos nobiliarios, etc., salvo los eclesiásticos, que exigían determinados requisitos. Fue abolida en la Ley de Presupuestos de 1835 y 1845, reemplazándose por un descuento en el sueldo y los despachos de timbre.

Referenciado desde