- matrimonio putativo
- Can. Matrimonio inválido que fue celebrado de buena fe al menos por uno de los contrayentes hasta que ambos adquirieron certeza de su nulidad.Sus efectos se recogen en los cc. 1137 y 1139 del CIC, respecto de la legitimidad y legitimación de los hijos. Son legítimos los hijos concebidos o nacidos de matrimonio válido o putativo, y los hijos ilegítimos se legitiman por el matrimonio subsiguiente de los padres tanto válido como putativo. En el cónyuge de buena fe persevera el consentimiento y, por tanto, los efectos de matrimonio inválido. En derecho canónico se extinguen los efectos de matrimonio putativo cuando cesa la buena fe del cónyuge.
Sublema de matrimonio