- Mando de Artillería Antiaérea
- Adm.; Esp. Conjunto de unidades del Ejército de Tierra, básicamente de artillería antiaérea, puestas bajo un mando único y organizadas, equipadas y adiestradas para su empleo en apoyo a la artillería antiaérea de las unidades que se determinen o en el marco de una organización operativa y para proporcionar defensa antiaérea de otras unidades, puntos y zonas del territorio nacional, de acuerdo con la doctrina militar.
Orden DEF/166/2015, de 21-I , art. 20.4.g).
Sublema de mando