Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

luminaria

Amb. Dispositivo luminotécnico que distribuye, filtra o transforma la luz transmitida desde una o más lámparas.
Ley de Andalucía 7/2007, de 9-VII, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, art. 61; Ley 15/2010, de 10-XII, de prevención de la contaminación lumínica y del fomento del ahorro y eficiencia energéticos derivados de instalaciones de iluminación, art. 5.