- licencia de maternidad
- Lab.; Arg. Suspensión del contrato de trabajo de la mujer embarazada con reserva del puesto, durante los cuarenta y cinco días anteriores al parto y hasta cuarenta y cinco días después del mismo.La interesada puede optar por que se le reduzca la licencia anterior al parto, que no puede ser inferior a los treinta días, el resto del periodo total de licencia se acumulara al período de descanso posterior al parto.
Ley 20744 de Contrato de Trabajo , art.177.
Sublema de licencia