Diccionario panhispánico del español jurídico

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libre convicción

Proc.; Arg., Chile, Guat. y Ur. Sistema procesal de valoración de las pruebas en el que los jueces pueden examinarlas según su conciencia, sin estar ligados a preceptos de la ley ni a dar la razón suficiente de su convencimiento.
«El sistema de libre valoración de la prueba, conocido como de “libre convicción” y de “íntima convicción”, surge históricamente como reacción al sistema de las pruebas legales o tasadas. La LECrim, influida por el Code d'instructión criminelle de 1808, proclama el principio de libre convicción judicial, al disponer que el “Tribunal dictará la sentencia apreciando, según su conciencia, la prueba practicada en el juicio” (art. 741 )» (Rodríguez-Piñero y Bravo-Ferrer, Miguel, y María Emilia Casas Baamonde (dirs.) Comentarios a la Constitución Española, XL Aniversario de la Constitución Española, BOE, 2018, pág. 856). Ley Nacional 23 077, de Modificación y Derogación de Normas Penales, de Argentina, art. 80.