Diccionario panhispánico del español jurídico

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Can. Sistema de provisión de oficios eclesiásticos mediante la directa designación del candidato para el oficio vacante por parte de la autoridad competente, que, por lo general, es aquella a la que el oficio está vinculado jerárquicamente.
CIC, cc. 147 y 157; CCEO, c. 939 § 1. A diferencia de la presentación y la elección, en este sistema la autoridad no está sometida a concretas formalidades de designación y no hay más sujetos implicados en el procedimiento, mientras que en la elección la autoridad confirma lo que ha hecho el cuerpo electoral y en la presentación instituye a uno de los que le han sido propuestos.