Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

libre circulación

1. Int. púb. Derecho humano de toda persona que se halle legalmente en el territorio de un Estado a circular libremente por él y a escoger libremente en él su residencia. Asimismo, toda persona tiene derecho a salir libremente de cualquier Estado, incluso del propio.
El ejercicio de estos derechos podrá ser objeto de las restricciones previstas en la ley que sean necesarias para proteger la seguridad nacional, el orden público, la salud o la moral públicas o los derechos y libertades de terceros. Pacto de Derechos Civiles y Políticos de 16 de diciembre de 1966, de España, art. 12. Constitución Nacional, de Argentina, art. 14.

2. Int. púb. Libertad de que gozan los miembros de la misión diplomática, de la oficina consular y de la misión especial por el territorio del Estado receptor, sin perjuicio de lo dispuesto en las leyes y reglamentos de este relativos a las zonas de acceso prohibido o reservado por razones de seguridad nacional.
CVRD, art. 26; CVRC, art. 34; Convención sobre las misiones especiales, de 1969, art. 27.

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