Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

ley personal

Sublema de ley
1. Int. priv. Ley estatal que rige el comienzo y extinción de la personalidad, así como los derechos inherentes a dicha persona.
2. Can. Ley promulgada para una comunidad de fieles que está individuada a través de criterios de naturaleza personal (por ejemplo, el rito, la lengua, determinadas circunstancias relacionadas con la profesión, así como otras razones de carácter personal previstas por el legislador).
La ley personal afecta directa e inmediatamente al estatuto jurídico de los fieles destinatarios de la norma, con independencia del lugar donde se encuentren en cada momento.