Diccionario panhispánico del español jurídico

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ley Moyano

Sublema de ley
Adm. Nombre con el que se conoce la Ley de Instrucción Pública, de 9 de septiembre de 1857, que procede de una previa Ley de Bases, de 17 de agosto de 1857, que autorizó al Gobierno a promulgar una Ley de Instrucción Pública conforme a los principios que figuraban en ella.
El impulsor del proceso fue el ministro de Fomento Claudio Moyano Samaniego, y de ahí el apelativo de la ley. La ley es esencial en la historia educativa española en cuanto que representa el primer intento público por ordenar y estructurar una enseñanza en ese momento en manos exclusivas de la Iglesia. Por otra parte, el estado educativo de la población era lamentable, con un altísimo índice de analfabetismo que la ley también trataba de corregir. La ley estructuraba las enseñanzas en tres niveles: la enseñanza primaria, obligatoria desde los seis a los nueve años y gratuita; la segunda enseñanza, luego denominada enseñanza media, que comprendía estudios generales y estudios de aplicación a las profesiones industriales (los estudios generales se dividían en dos períodos, el primero de dos años y el segundo de cuatro); y finalmente las enseñanzas superiores, que podían recibirse en facultades y escuelas superiores, existiendo diez universidades, una central y nueve de distrito. Esta estructura, en sus líneas sustanciales, estuvo vigente hasta la Ley General de Educación de 4 de agosto de 1970, debiendo recordarse que la creación del Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes (primer Ministerio de «Educación» con ese nombre y escindido del clásico Ministerio de Fomento) no llegaría hasta la Ley de Presupuestos aprobada el 31 de marzo de 1900 y desarrollada por Real Decreto de 18 de abril de 1900.

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