Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

ley meramente eclesiástica

Sublema de ley
Can. Cada una de las leyes de derecho humano positivo eclesiástico que emanan de la potestad legislativa de la Iglesia pero no canonizan normas de derecho divino, sea natural o positivo, ni de derecho civil.
Obligan a los bautizados en la Iglesia católica y a quienes han sido recibidos en ella que tengan uso de razón y hayan cumplido siete años, si el derecho no dispone expresamente otra cosa.