Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

ley marco

Sublema de ley
Civ.; Esp. Ley emanada de las Cortes Generales por la que, en materias de competencia estatal, se atribuye a todas o a alguna de las comunidades autónomas la facultad de dictar, para sí mismas, normas legislativas en el marco de los principios, bases y directrices fijados en aquella.
Sin perjuicio de la competencia de los tribunales, en cada ley marco se establecerá la modalidad del control de las Cortes Generales sobre estas normas legislativas de las comunidades autónomas. CE, art. 150.1.