Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

ley general

Sublema de ley
Adm. y Const. Principio según el cual la ley debe estar dirigida a todos los ciudadanos y no, de modo particular, a algunos en concreto.
Esta exigencia deriva del espíritu de la Revolución de 1789 y de las ideas que Rousseau expone en el Contrato social: la decisión legislativa debe ser abstracta, no referida a ciudadanos o situaciones particulares. Una ley que contemple casos particulares de modo muy definido interfiere en la función jurisdiccional y además puede afectar muy seriamente a la independencia de los órganos judiciales. De acuerdo con el principio de la voluntad general de Rousseau, como en la voluntad general, la ley tiene que ser siempre general.