Diccionario panhispánico del español jurídico

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ley canónica

Sublema de ley
Can. En derecho canónico, acto de la potestad legislativa de la Iglesia, dotado de generalidad, cuyo tenor se expresa en una fórmula fijada mediante la promulgación.
El CIC, c. 29, establece que «los decretos generales, mediante los cuales el legislador competente establece prescripciones comunes para una comunidad capaz de ser sujeto pasivo de una ley, son propiamente leyes y se rigen por las disposiciones de los cánones relativos a ellas».