- legitimación para instar la revisión
- Pen. En el proceso penal, persona autorizada para promover el recurso de revisión, que son el penado y, cuando este haya fallecido, su cónyuge, o quien haya mantenido convivencia como tal, sus ascendientes y sus descendientes, con objeto de rehabilitar la memoria del difunto y de que se castigue, en su caso, al verdadero culpable.
Sublema de legitimación