Diccionario panhispánico del español jurídico

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legitimación para el recurso de casación en interés de ley

Sublema de legitimación
Adm. y Proc. Conjunto de requisitos especiales de legitimación que es preciso reunir para plantear un recurso de casación en interés de ley.
El recurso de casación en interés de ley podrá ser planteado por «la Administración pública territorial que tenga interés legítimo en el asunto y por las entidades o corporaciones que ostenten la representación y defensa de intereses de carácter general o corporativo y tuviesen interés legítimo en el asunto, por el Ministerio Fiscal y por la Administración General del Estado, […] cuando estimen gravemente dañosa para el interés general y errónea la resolución dictada». LJCA, art. 100.1 . «Si esto es así, es decir, si lo que se dirimía en el proceso era un asunto accesorio del servicio público que presta el ente público recurrente, no se puede mantener que en este recurso, no ya extraordinario sino excepcional, se esté representando o defendiendo un interés de carácter general, que es lo que justifica la legitimación que requiere la ley para poder interponer el mismo» (STS, 3.ª, 27-VI-2006, rec. 74/2004).