- legitimación en el procedimiento de lesividad
- Adm. y Proc. Relación existente entre la Administración que promueve el proceso de lesividad y el acto administrativo dictado por ella misma e impugnado en el proceso, que la habilita para interponer el recurso contencioso-administrativo contra dicho acto.«La legitimación procesal para impugnar en sede jurisdiccional (pretendiendo su anulación) los actos de la Administración declarados lesivos la ostenta la Administración autora de dicho acto, en este caso la Administración General del Estado, cuya representación y defensa en juicio la ostenta el Abogado del Estado» (
STS, 3.ª, 27-III-2015, rec. 4331/2012 ).
Sublema de legitimación