Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

lapso

Gral. Porción de tiempo que transcurre entre dos hechos o dos cosas, generalmente de la misma naturaleza.
«En relación con la duración normal de los litigios del mismo tipo, dice el representante de la Administración que un lapso de algo menos de dos años entre el decreto de admisión de la demanda y la fecha de la vista no está fuera de los márgenes ordinarios de duración de los procedimientos contencioso-administrativos abreviados» (STC, 1.ª, 18-VII-2016, rec. 4455/2011).