Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

juzgado privativo

Sublema de juzgado
Adm. e Hist. Cada uno de los órganos administrativos que durante el Antiguo Régimen y casi la primera mitad del siglo xix, antes de la creación de la jurisdicción contencioso-administrativa, se ocupaban de resolver las controversias que surgían de la aplicación de las normas en los ramos de la Administración en los que actuaban y eran competentes.
La relevancia de la función encomendada a los juzgados privativos queda reflejada, por ejemplo, en la Real Orden de 12 de marzo de 1836: «Mientras no se establezca en España un régimen general de Tribunales Administrativos que al paso que ofrecen al interés individual la suficiente garantía de sus litigios con los intereses comunes de la sociedad, dejen a la Administración toda la libertad de acción que ha de menester para cumplir debidamente con los objetos de su instituto, no es posible destruir en el todo cierto juzgados privativos que suplen aunque de un modo imperfecto, a aquellos».