- juzgado local
- Proc.; Nic. Órgano jurisdiccional unipersonal existente en cada municipio –y en los demás lugares que pueda determinar la Corte Plena-, con competencia para conocer de cuestiones litigiosas en primera instancia hasta cierta cuantía, así como asuntos de jurisdicción voluntaria, y con ciertas facultades notariales para autorización de contratos.Los hay únicos, civiles, de familia, de lo penal, del trabajo y demás especialidades que la ley determine.
Ley n.º 260, Orgánica del Poder Judicial de Nicaragua, arts. 52 y sigs.
Sublema de juzgado