- juzgado de paz para asuntos municipales
- Proc.; R. Dom. Juzgado de paz que conoce exclusivamente asuntos relacionados con infracciones a las leyes, ordenanzas, reglamentos y resoluciones municipales.Solo existe este juzgado en localidades de gran población; en las demás, ejerce sus atribuciones el juzgado de paz ordinario.
Ley 58-88 que crea el Juzgado de Paz para Asuntos Municipales, arts. 1 y 2.
Sublema de juzgado