Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

juzgado de municipio

Sublema de juzgado
Proc.; Ven. Órgano jurisdiccional unipersonal con competencias en materia civil y mercantil.
Pueden ser ordinarios, que tienen asignadas competencias generales en esas materias hasta cierta cuantía y también competencias concretas por razón de la materia, como los juicios de deslinde o la celebración de matrimonios, o especializados en ejecución de medidas, con competencia para cumplir las comisiones conferidas por los Tribunales de la República. Ley Orgánica del Poder Judicial, de Venezuela, art. 70.