- juzgado de lo penal
- Pen. Órgano judicial unipersonal que, entre otras funciones, conoce en primera instancia del enjuiciamiento de los delitos castigados con pena privativa de libertad de duración no superior a cinco años o pena de multa cualquiera que sea su cuantía, o cualesquiera otras de distinta naturaleza, bien sean únicas, conjuntas o alternativas, siempre que la duración de estas no exceda de diez años.
Sublema de juzgado