- juzgado de distrito
- 1. Proc.; Méx. Cada uno de los tribunales de primera instancia constituidos para el conocimiento de asuntos del orden federal que forman parte del Poder Judicial de la Federación.
CPEUM , art. 94, párr. 1.º, 5.º y 6.º; art. 97, párr. 3.º, y art. 107, frac. XI, entre otros.2. Hist. En el sistema judicial español anterior a laLey Orgánica del Poder Judicial de 1985 , órgano jurisdiccional que ejercía su jurisdicción en el territorio de uno o varios municipios y que asumía las funciones y competencias que la legislación atribuía a los juzgados municipales y comarcales a los cuales sustituyó.Fueron a su vez sustituidos por los juzgados de primera instancia e instrucción. Real Decreto por el que se aprueba el Texto Articulado parcial de la Ley de Bases 42/1974, de 28 de noviembre, Orgánica de la Justicia.3. Proc.; Nic. Órgano jurisdiccional unipersonal existente en cada departamento y región autónoma y en otros lugares que pueda determinar la Corte Plena, competente para conocer de las cuestiones litigiosas en primera instancia y en segunda respecto de apelaciones contra resoluciones de los jueces locales.Los hay únicos, civiles, de familia, de lo penal, del trabajo y demás especialidades que la ley determine.Ley n.º 260, Orgánica del Poder Judicial, arts. 44 y sigs.
Sublema de juzgado