Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

juzgado central de instrucción

Sublema de juzgado
Pen.; Esp. Órgano unipersonal, con jurisdicción en toda España, al que corresponde la investigación de las causas cuyo enjuiciamiento corresponda a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional o a los juzgados centrales de lo penal.
Además tramita los expedientes de ejecución de las órdenes europeas de detención y entrega, los procedimientos de extradición pasiva, los relativos a la emisión y la ejecución de otros instrumentos de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea que le atribuya la ley, así como las solicitudes de información entre los servicios de seguridad de los Estados miembros de la Unión Europea cuando requieran autorización judicial. LOPJ, art. 88.