Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

jurisdicción rampante

Sublema de jurisdicción
Int. púb. Conjunto de competencias reclamadas por los Estados ribereños con una amplia fachada marítima sobre la altamar adyacente a sus zonas económicas exclusivas, para que se les reconozca en esos espacios un interés especial y derechos preferentes en la conservación y explotación de las especies transzonales y altamente migratorias.
Ese grupo de Estados ha logrado convencionalmente la extensión de su jurisdicción tanto sobre dichos recursos fuera de las 200 millas de sus zonas económicas exclusivas como sobre los buques que pescan en altamar bajo pabellón de otro Estado. CNUDM, art. 63.2. Acuerdo sobre la aplicación de las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, de 10 de diciembre de 1982, relativas a la conservación y ordenación de las poblaciones de peces transzonales y las poblaciones de peces altamente migratorios, de 1995, arts. 5 y sigs., y 19 y sigs.

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