Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

junta de jueces

Sublema de junta
Gral.; Esp. Reunión de jueces de una misma población, provincia o comunidad autónoma, bien de un mismo orden jurisdiccional o bien con independencia de su adscripción a uno u otro orden jurisdiccional, para tratar asuntos de interés común que afecten a todos o a varios de ellos.
«Dichas normas de reparto habrán de ser aprobadas por la Sala de Gobierno del respectivo Tribunal Superior de Justicia, a propuesta de la Junta de Jueces del respectivo orden jurisdiccional» (STS, 3.ª, 27-VI-2014, rec. 260/2013).